Cierre del Establecimiento

Cierre del Establecimiento

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Concepto de Cierre Temporal o Definitivo del Establecimiento, Edificación o Servicio

Una definición de cierre temporal o definitivo del establecimiento, edificación o servicio en el contexto de Oficina Asesora Jurídica y, de forma más general, del derecho ambiental colombiano, puede ser la siguiente: Consiste en poner fin a las actividades o tareas que en ellos se desarrollan, por la existencia de hechos o conductas contrarias a las disposiciones ambientales. Es temporal si se impone por un determinado periodo de tiempo, y es definitivo cuando así se indique o no se fije un límite en el tiempo.

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