Conmoriencia

Conmoriencia en Colombia

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Concepto de Conmoriencia

Recoge Anderson Arboleda Echevarry la siguiente definición de Conmoriencia, aplicable al Derecho colombiano: Son presunciones de carácter legal establecidas en el código civil para determinar que cuando en un mismo acontecimiento perecen varas personas llamadas a sucederse mutuamente por causa de muerte, sin que pueda saberse el orden en que fallecieron el código presume como si todas aquellas personas hubieren perecido en un mismo momento. (Art. 95 del C. C.Colombia).

Concepto de Conmoriencia

Un significado atribuido a conmoriencia, en el derecho colombiano, es el siguiente: Son presunciones de carácter legal establecidas en el código civil para determinar que cuando en un mismo acontecimiento perecen varas personas llamadas a sucederse mutuamente por causa de muerte, sin que pueda saberse el orden en que fallecieron el código presume como si todas aquellas personas hubieren perecido en un mismo momento (véase más sobre esta materia en la presente enciclopedia colombiana). (Art (véase más sobre esta materia en la presente enciclopedia colombiana). 95 del C (véase más sobre esta materia en la presente enciclopedia colombiana). C.Colombia).[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Definición de conmoriencia basado en un denominado diccionario jurídico colombiano, pero más semejante a un glosario

Véase También

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