Derechos Políticos

Derechos Políticos en Colombia

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Concepto de Derecho Político

Una definición sucinta de Derecho Político general puede ser la siguiente: Derecho que estudia el origen, funcionamiento y fines del Estado. Hay mucha más información sobre el derecho político en la enciclopedia general.

Respeto de los derechos políticos: El derecho de los ciudadanos a cambiar de gobierno en 2015

La ley otorga a los ciudadanos la capacidad de cambiar su gobierno mediante elecciones libres y justas, que ellos ejercieron por medio de elecciones basadas en el sufragio casi universal.

Los miembros de las fuerzas armadas en servicio activo y de la policía no pueden votar ni participar en el proceso político. Los empleados públicos civiles tienen derecho a votar, aunque pueden participar en la política partidista sólo durante los cuatro meses inmediatamente anteriores a una elección nacional.

Las elecciones y la participación política

Elecciones

Durante el año 2015, el gobierno celebró elecciones parlamentarias y presidenciales. Juan Manuel Santos ganó un segundo mandato de cuatro años como presidente en elecciones que la misión de observadores de la OEA consideró generalmente libres y justas.

La misión de la OEA señaló que las elecciones tuvieron los niveles más bajos de violencia en 38 años.

La Misión de Observación Electoral (MOE), ONG independiente de observación electoral, informó que hasta junio ninguno de los candidatos políticos había sido asesinado, dos fueron atacados, uno fue secuestrado, y seis fueron amenazados, lo que da un total de nueve casos de “violencia política”.

Según la ONG Corporación Nuevo Arco Iris, el fraude electoral siguió siendo un grave motivo de preocupación. La ONG reportó que los partidos habían pagado a los votantes para que se inscribieran y votaran en municipios donde no residían. La fundación afirmó que las listas de seis partidos para las elecciones de la Cámara de Representantes y las listas de ocho partidos para las elecciones del Senado incluían candidatos con vínculos financieros con los grupos ilegales.

La MOE estimó que las áreas con mayor proporción de votantes irregulares fueron los departamentos de Córdoba, Sucre, Bolívar, Atlántico, Meta, Casanare, Chocó y Valle del Cauca. El gobierno siguió empleando una nueva herramienta de financiación para garantizar la transparencia de los fondos de las campañas, descalificó a candidatos que tuvieran investigaciones penales pendientes y canceló las cédulas de identidad nacional de los votantes que no pudieron demostrar su residencia o empleo en el municipio donde estaban empadronados para votar.

Dos exempleados de la ONG Corporación Nuevo Arco Iris, Ariel Ávila y León Valencia, así como el periodista Gonzalo Guillén y la activista Claudia López (ahora senadora), quienes fueron coautores del informe de la ONG sobre la corrupción de los partidos políticos y presuntos vínculos con grupos armados ilegales, continuaron recibiendo amenazas de muerte. Siguieron las investigaciones del exgobernador de La Guajira, Francisco Gómez, por su presunta participación en las amenazas de muerte, por vínculos con antiguos grupos paramilitares y por su participación en varios asesinatos.

La Procuraduría General siguió investigando el homicidio en 2011 de Eladio Yascual Imbaquín, coordinador regional de la MOE en Putumayo.

Partidos políticos y participación política

Las bandas delictivas organizadas y las FARC amenazaron y mataron a funcionarios públicos (véase la entrada sobre la integridad personal).

Según la Federación Nacional de Concejos Municipales, cuatro concejales fueron
asesinados hasta el 9 de agosto.

Algunos funcionarios locales renunciaron debido a las amenazas de las FARC. Hasta fines de julio, la Unidad Nacional de Protección (UNP), dependencia del Ministerio del Interior, había proporcionado protección a 279 alcaldes, siete gobernadores y a otras 4.504 personas, entre ellas miembros de congresos departamentales, concejales, jueces, funcionarios municipales de derechos humanos conocidos como “personeros” y otros funcionarios relacionados con las
políticas nacionales de derechos humanos.

Un decreto de 2012 estipula que el programa de protección de la PNC y la UNP asumen la responsabilidad compartida de proteger a los alcaldes municipales y distritales.

Participación de la mujer y las minorías

La ley requiere que las mujeres ocupen al menos el 30% de los puestos designados por el gobierno, que las listas de candidatos consten de al menos el 30% de mujeres y que el gobierno notifique al Congreso cada año el porcentaje de mujeres en puestos públicos de alto nivel.

Hubo 23 mujeres electas en los 102 escaños del Senado, y 33 mujeres electas en los 166 escaños de la Cámara de Diputados. Hubo cinco mujeres en el gabinete de 16 miembros y cinco en la Corte Suprema de 23 miembros. Dos senadores indígenas y un miembro indígena de la Cámara de Diputados ocuparon escaños reservados para los indígenas.

No había personas indígenas en el gabinete ni en ninguno de los altos tribunales.

Una reforma de agosto de la estructura interna del Departamento Administrativo de la Presidencia eliminó el Programa Presidencial para Asuntos Indígenas.

Hubo nueve miembros de la Cámara de Representantes autoidentificados como afrocolombianos. Se reservaron dos escaños más para representantes de las comunidades afrocolombianas que, al 8 de octubre, estaban siendo disputados.
Aunque no había ningún escaño reservado para afrocolombianos en el Senado, hubo dos senadores afrocolombianos.

No hubo ningún afrocolombiano en el gabinete de ministros y una afrocolombiana mantuvo su puesto de alta consejera presidencial para la equidad de las mujeres. Una reforma de agosto de la estructura interna del Departamento Administrativo de la Presidencia eliminó el Programa
Presidencial para Asuntos Afrocolombianos.

Durante las elecciones legislativas del 9 de marzo, dos personas que supuestamente no eran de origen afrocolombiano, María del Socorro Bustamante y Moisés Orozco Vicuña, fueron elegidos para los dos escaños en la Cámara de Representantes reservados para los representantes de las comunidades afrocolombianas. Su candidatura había sido respaldada por una pequeña organización afrocolombiana, pero no por las más importantes.

Los miembros de la comunidad afrocolombiana, la Oficina del Inspector General y otras instituciones gubernamentales y no gubernamentales entablaron juicio para impugnar la elección de estos representantes, pero el Consejo Superior de la Judicatura dictaminó que su elección fue legítima porque no era necesario que los representantes fuesen de origen
afrocolombiano para representar los intereses afrocolombianos. Al 8 de octubre, los escaños seguían sin ocupar ya que quedaban pendientes otros desafíos legales.

Derechos de Status Activo (derechos Políticos)

Derechos de Status Activo (derechos Políticos) en la Teoría Constitucional Colombiana

Nota: para una visión general de la teoría constitucional en esta enciclopedia, véase aquí.

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