Impedimento

Impedimento en Colombia

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Concepto de Impedimento

Recoge Anderson Arboleda Echevarry la siguiente definición de Impedimento, aplicable al Derecho colombiano: Circunstancias señaladas en la constitución o la ley que inhabilitan a una persona para ejercer un derecho, un cargo público, dignidad, o conocer de un asunto o celebrar un acto. Art. 278 nral. 1.

Concepto de Impedimento Canónico

Una definición sucinta de Impedimento Canónico puede ser la siguiente: Circunstancias de orden personal que son señaladas por el derecho canónico como hechos que inhabilitan para contraer válidamente matrimonio.

Concepto de Impedimento

Una definición sucinta de Impedimento puede ser la siguiente: Acto legalmente, un funcionario está imposibilitado para conocer de una actuación administrativa o de un proceso judicial. Los impedimentos son establecidos por la ley para asegurar la imparcialidad de las autoridades y ofrecer garantía a los administrados y litigantes.

Concepto de Impedimento

Un significado atribuido a impedimento, en el derecho colombiano, es el siguiente: Circunstancias señaladas en la constitución o la ley que inhabilitan a una persona para ejercer un derecho, un cargo público, dignidad, o conocer de un asunto o celebrar un acto (véase más sobre esta materia en la presente enciclopedia colombiana). Art (véase más sobre esta materia en la presente enciclopedia colombiana). 278 nral (véase más sobre esta materia en la presente enciclopedia colombiana). 1.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Definición de impedimento basado en un denominado diccionario jurídico colombiano, pero más semejante a un glosario

Véase También

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