Injerencia del Ejecutivo sobre el Sistema Judicial

Injerencia del Ejecutivo sobre el Sistema Judicial

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La Ingerencia del Poder Ejecutivo Sobre el Sistema Judicial: Una Práctica Tradicional en relación con El proyecto de ley estatutaria o proyecto de “alternatividad penal”: preocupación nacional e internacional en torno de la impunidad

Es necesario hacer referencia a un hecho significativo que se relaciona también con el problema de la selectividad del sistema penal y que, además, expresa un hecho claro en el caso colombiano: la tradicional injerencia del Poder Ejecutivo en las decisiones del aparato judicial. Tal como lo dice el artículo 2, ya citado, el beneficio de la suspensión condicional lo concederá el juez, “previa solicitud exclusiva del presidente de la República”. Es decir, el juez hará lo que le indique el jefe del gobierno.9 Ello, por inconcebible que pueda parecer, se inserta dentro de la lógica del derecho penal, instrumentalizado y politizado, en el caso colombiano: frente a normas difusas, en el caso del derecho penal sustancial, ligadas a persecuciones indiscriminadas de todo tipo de actores, el Poder Ejecutivo se guarda y conserva para sí grandes márgenes de presión sobre el sistema judicial, de tal manera que, de acuerdo con la coyuntura determinada, pueda ser perseguido un actor con más vehemencia. O, al contrario, de acuerdo también con la coyuntura, pueda ser beneficiado un actor específico. Los tipos penales en blanco, característicos de legislaciones antiterroristas, se llenan al calor de las coyunturas políticas y del conflicto armado. Por ejemplo, si un actor de la violencia está involucrado en un proceso de paz, será castigado con mucha más tolerancia o no lo será; si en cambio conserva beligerancia o es simplemente considerado como un terrorista o un narcoterrorista, entonces las normas se dirigen contra él de una manera más contundente. Se trata de una consecuencia más de la confusión existente entre guerra y derecho; entre guerra, derecho penal y política. En el caso del proyecto que se estudia, no se trata de “mensajes” que al calor de las coyunturas envía el jefe de gobierno al sistema judicial, sino de decisiones directas que aquél toma. la tradicional categoría desarrollada por la criminología, el “poder de definición”, opera aquí con toda claridad: un actor es lo que el Estado dice que es —en este caso, el gobierno— prácticamente con independencia de sus actos. la valoración de los hechos tiene un carácter en todo caso más político que jurídico. [1]

De Nuevo: la Injerencia del Ejecutivo Sobre el Sistema Judicial en relación con Pliego de modificaciones: hacia un consenso sobre estándares mínimos

Se trata de un aspecto ampliamente reseñado. Sin embargo, en el pliego de modificaciones es aún más notoria y más decisiva la injerencia del Ejecutivo sobre el sistema judicial y, más problemático aún, sobre el tribunal que se crearía con posibilidades de indagar acerca de la verdad de ciertos hechos. El artículo 12 del pliego establece lo siguiente: “El otorgamiento de los mecanismos de alternatividad penal es una facultad discrecional del presidente de la República, pero requiere concepto previo y favorable del Tribunal para la Verdad, la Justicia y la Reparación”. Si se produce un concepto negativo sobre la viabilidad del otorgamiento de beneficios, no habrá discusión posible y el tribunal tendrá que acatarlo: “[…] es de obligatorio cumplimiento y conlleva la remisión del proceso al juez de ejecución de penas y medidas de seguridad competente para que haga efectivo el cumplimiento de la condena. Igualmente, el proceso se remitirá al mencionado juez cuando, no obstante haberse rendido concepto favorable sobre su viabilidad, el presidente de la República considere que no debe otorgarse”. Huelga todo comentario al respecto. A veces da la impresión de que se trata de una justicia particular del Poder Ejecutivo, que debe llevarse a cabo, sin embargo, debido a ciertas exigencias técnicas y mandatos constitucionales puramente formales acerca de la separación de poderes, por la administración de justicia. [1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Alejandro Aponte, Temas Actuales del Derecho Internacional Penal, Konrad-Adenauer-Stiftung E. V, reproducción autorizada

PENAL INTERNACIONAL

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Notas y Referencias

  1. Alejandro Aponte, Temas Actuales del Derecho Internacional Penal, Konrad-Adenauer-Stiftung E. V, reproducción autorizada

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