Integridad Personal

Integridad de la Persona en Colombia

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Derechos Humanos: Respeto de la integridad de la persona en 2015

Respeto de la integridad de la persona, incluido el derecho a no verse sometida a:

Privación arbitraria o ilícita de la vida

Los homicidios políticos e ilegítimos continuaron siendo un problema muy grave y
hubo varias denuncias de que miembros de las fuerzas de seguridad
cometieron homicidios extrajudiciales durante el año relacionados con el conflicto armado
interno.

Hasta fines de julio de 2015, la Procuraduría General registró 32 nuevos casos de presuntos
homicidios con agravantes por agentes del estado. Durante el mismo período, las
autoridades acusaron a 147 miembros de las fuerzas de seguridad y arrestaron a 16
de ellos por los delitos de homicidio con agravantes o de homicidio de un civil, la
mayoría de los cuales se produjeron antes de 2014.

De acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos (OACDH), el número de informes de oficiales militares que
presentaban a civiles como muertos en combate continuó disminuyendo en
comparación con 2008 o 2009, cuando se notificaron varios centenares de estas
presuntas víctimas fatales.

La OACDH informó que había registrado 11 posibles casos de “privaciones ilegales del derecho a la vida” que habrían sido cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad desde enero hasta agosto, pero aún no había llegado a una conclusión sobre si cualquiera de esos casos se ajustaban a la definición.

En varios casos, las autoridades militares afirmaron que ellas creían que una persona estaba luchando en nombre de las FARC, mientras que los miembros de la comunidad afirmaron que la víctima no había sido un combatiente.

La investigación continuó y se hicieron acusaciones de que el personal militar mató a un civil, Jhon Favver Díaz, en febrero de 2013 en el municipio de Leyva, Nariño, y falsamente lo presentó como un guerrillero de las FARC muerto en combate.

El 5 de junio, el mayor retirado del Ejército Marco Wilson Quijano Marino fue detenido en Cúcuta después de haber escapado y huido de la justicia. Quijano había sido condenado en 2012 a 53 años de prisión por matar a un civil al que falsamente presentó como un guerrillero.

Organizaciones de derechos humanos, víctimas e investigadores gubernamentales
acusaron a algunos miembros de las fuerzas de seguridad del gobierno, entre ellas
el personal de tropa, suboficiales y oficiales, de colaborar con las bandas delictivas
organizadas, que incluían a algunos exmiembros de grupos paramilitares, o de
tolerar sus actividades.

Esta colaboración, en infracción de las órdenes del presidente y de los altos mandos militares, puede haber facilitado los homicidios ilegítimos u otros delitos.

De acuerdo con la Procuraduría General, entre el 1º de enero y el 8 de julio, 41
empleados públicos, entre ellos varios miembros de las fuerzas armadas, fueron
detenidos y acusados de estar vinculados con grupos armados ilegales,
en especial el grupo conocido como “Clan Usuga”.

El 5 de julio, la Procuraduría General arrestó a Javier Enrique Insignares Toro, jefe
del grupo armado ilegal “Los Rastrojos” en la Costa Atlántica, a quien
supuestamente lo estaban protegiendo y ocultando miembros de la policía nacional.
Insignares fue acusado de homicidio, terrorismo, conspiración y desplazamiento
forzado.

Las investigaciones de los homicidios anteriores prosiguieron, aunque lentamente.
La Procuraduría General informó que hasta fines de julio había obtenido 28
condenas nuevas de miembros de las fuerzas de seguridad en casos relacionados
con el homicidio de una “persona protegida” (es decir, un civil), 19 nuevas
condenas en casos relacionados con homicidio con agravantes cometidos por
miembros de las fuerzas de seguridad, y ninguna condena nueva en casos de
“homicidio simple” cometidos por las fuerzas de seguridad.

Todas las condenas correspondieron a casos abiertos antes de 2014.

Algunos casos de alto perfil contra personal militar dieron lugar a condenas o se volvieron a abrir en gran parte debido a los testimonios obtenidos mediante el proceso de “Justicia y Paz”, en el que los antiguos miembros de grupos armados ilegales pueden obtener sentencias reducidas por testificar en forma completa y veraz sobre sus actividades.

La Procuraduría General investigó al general retirado del Ejército Mario Montoya Uribe y al general retirado de la policía nacional Leonardo Gallego Castrillón por su presunto apoyo en el pasado a grupos paramilitares y sus acciones conjuntas en operaciones como la “Operación Orión”, una ofensiva militar de cuatro días contra rebeldes de izquierda en los barrios pobres alrededor de Medellín, en la que miembros de la comunidad afirmaron que
hubo numerosas detenciones arbitrarias y desapariciones forzosas.

Los miembros de la comunidad también afirmaron que la operación creó las condiciones para que los grupos paramilitares ejercieran el control de la zona. El tribunal también ordenó la investigación de los generales Oscar Botero Restrepo, Carlos Alberto Ospina e Iván Ramírez, así como de los coroneles John Jairo Cardona Chaparro y Germán Morantes Hernández, por su supuesto apoyo a grupos paramilitares.

Algunos de estos oficiales estaban retirados en el momento en que se abrió la investigación,
mientras que otros se habían retirado previamente después.

A principios de septiembre de 2015, la prensa local informó que la Procuraduría General
pidió a sus delegados ante la Corte Suprema de Justicia que abrieran una investigación sobre 11 generales del Ejército a quienes el coronel Robinson González del Río supuestamente había implicado en el escándalo de los “falsos positivos” en el que millares de civiles fueron supuestamente asesinados y falsamente presentados como combatientes guerrilleros a fines de la década de 1990 hasta mediados de la década de 2000.

González del Río, que estaba bajo custodia, supuestamente proporcionó esta información como parte de su cooperación en una investigación sobre su presunta participación en esas
ejecuciones extrajudiciales.

Al 8 de septiembre, la Corte Suprema de Justicia no había iniciado ninguna investigación oficial; esta es la única entidad autorizada para investigar a oficiales militares que tienen el rango de general.

Al mes de octubre de 2015, seguía la investigación del capitán del Ejército Mauricio
Zambrano Castro, del ya retirado general del Ejército Francisco René Pedraza y del
retirado coronel Tony Alberto Vargas Petecua, por los homicidios en 2001 de 24
personas, la desaparición forzosa de otras 10 y el desplazamiento forzado
de casi 1.900 personas en un incidente conocido como la masacre de El Naya.
Coordinación Colombia, Europa, los Estados Unidos y otras organizaciones no
gubernamentales (ONG) consideraron a las bandas delictivas organizadas como
una continuación de los grupos paramilitares y en algunos casos acusaron a
elementos del gobierno de colaborar con esos grupos para violar los derechos
humanos.

El gobierno reconoció que algunos exmiembros de grupos paramilitares participaron activamente en las bandas delictivas organizadas, pero señaló que estas bandas carecían de la estructura de mando unificada y del programa ideológico que caracterizaron a las antiguas Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Las ONG también incluyeron los homicidios cometidos por estos grupos en su definición de “homicidios ilegítimos”.

De acuerdo con la ONG Monitor de Minas Terrestres, grupos no gubernamentales, en particular las FARC y el ELN, plantaron nuevos AEI y minas terrestres. Los guerrilleros, en particular las FARC y el ELN, cometieron homicidios ilegítimos.

Los grupos delictivos organizados (algunos de los cuales incluían a algunos exmiembros de grupos paramilitares) cometieron numerosos homicidios políticos e ilegítimos, principalmente en las zonas en disputa con los guerrilleros o que to tenían una fuerte presencia gubernamental.

A final de año, la investigación relacionada con el homicidio del líder de restitución de tierras Manuel Ruiz y de su hijo Samir en 2012 continuó bajo la dirección de la Dirección Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Procuraduría General.

Desaparición

Siguieron produciéndose desapariciones forzosas en 2015, muchas de ellas por motivos políticos.

Hasta fines de septiembre de 2013, la Comisión Nacional de Búsqueda había documentado más de 85.000 desapariciones desde que comenzó el conflicto interno, de décadas de duración, entre las que 21.098 fueron registradas como desapariciones forzosas. De las 85.000 personas desaparecidas, 17.361 fueron encontradas vivas y 3.467 muertas, mientras que se desconocía el paradero del resto.

Desde el 1º de enero hasta fines de julio, la Procuraduría General consiguió cuatro nuevas condenas de miembros de las fuerzas de seguridad por delitos de desapariciones forzosas.

Las FARC, el ELN, así como bandas delictivas organizadas y delincuentes comunes continuaron secuestrando a personas, tanto a cambio de rescate como por razones políticas.

Los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal (entidades militares y policiales formadas para combatir el secuestro y la extorsión) y otros elementos de las fuerzas de seguridad liberaron a 65 rehenes en los primeros siete meses del año. El gobierno informó que al menos diez víctimas de secuestros murieron en cautiverio en los primeros siete meses del año.

Durante ese período, cuatro víctimas de secuestro huyeron de sus captores, siete fueron liberadas a raíz de la presión ejercida por las fuerzas armadas y 73 fueron puestas en libertad por sus captores.

Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

Aunque la ley prohíbe tales prácticas, hubo informes de que la policía, el personal militar y los guardias carcelarios a veces torturaron y maltrataron a los detenidos. Los miembros de las fuerzas armadas y de la policía acusados de tortura por lo general fueron juzgados en los tribunales civiles en vez de los tribunales militares.

La ONG Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP) informó que hasta fines de junio las fuerzas de seguridad del gobierno estuvieron implicadas en diez incidentes de tortura (cinco por la policía nacional, tres por el Ejército, uno por la fuerza policial especializada conocida como la Seccional de Policía Judicial e Investigación (SIJIN), y uno por los guardias de seguridad en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)).

El 17 de junio, el Consejo Superior de la Judicatura ordenó a la Procuraduría General entablar una acción judicial por el caso de los oficiales de policía asignados a la policía departamental de Santander que, en julio de 2013, presuntamente torturaron a los civiles José Fernando Ulloa y Manuel Eduardo Ulloa durante el interrogatorio en la comisaría. El caso había sido asignado inicialmente al sistema de justicia militar y policial.

La Oficina del Inspector General informó que una investigación disciplinaria del caso se encontraba en su etapa inicial a fines de agosto. Según la Policía Nacional, los residentes de Buenaventura presentaron demandas por más de diez casos de tortura y homicidios presuntamente cometidos por la policía, entre enero y marzo, en el contexto de las batallas territoriales en las que las organizaciones delictivas de la ciudad presuntamente torturaron y cortaron en pedazos a miembros de grupos rivales.

Hasta fines de julio, la Procuraduría General había acusado de tortura a 86 miembros de las fuerzas de seguridad (23 policías y 63 miembros del Ejército); la mayoría de los casos ocurrieron antes de 2014.

Hasta el 31 de julio, la Procuraduría General informó de una condena de tres miembros de las fuerzas armadas y de ninguna condena de miembros de grupos armados ilegales en casos de tortura.

El CINEP notificó que grupos delincuentes habían sido responsables de por lo menos cuatro casos de tortura documentados hasta fines de junio.

En otros seis casos documentados, el CINEP no pudo identificar a la parte responsable de
los abusos.

La Procuraduría General en Villavicencio continuó su investigación de la tortura y el homicidio en 2012 del líder campesino Víctor Manuel Hilarión Palacios, que supuestamente fue cometido por soldados del Ejército.

Al mes de agosto, la investigación seguía en la etapa preliminar. La Oficina del Inspector General también siguió con la investigación disciplinaria del caso.

Condiciones en las cárceles y los centros de detención

Respecto a las condiciones en las cárceles y los centros de detención en Colombia, véase aquí.

Arresto o detención arbitrarios

Aunque la ley prohíbe el arresto y la detención arbitrarios, hubo denuncias de que
las autoridades detenían a ciudadanos de manera arbitraria. Según el CINEP, hubo
22 casos de tales detenciones arbitrarias en el primer semestre del año.

El 7 de mayo de 2015, la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) indicó que durante las marchas y protestas para conmemorar el Día del Trabajo el 1º de mayo, los miembros del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) detuvieron arbitrariamente y maltrataron a Esteban Vanegas, camarógrafo del periódico El Colombiano, en Medellín, después de que este filmara la reacción policial a la protesta. Vanegas fue liberado 12 horas más tarde sin que se presentaran cargos en su contra. La Oficina del Inspector General informó que una investigación disciplinaria se encontraba en su etapa inicial a fines de agosto.

Función de la policía y del aparato de seguridad

Sobre la función de la policía y del aparato de seguridad, véase aquí.

Procedimientos de arresto y trato durante la detención

Para información sobre el procedimientos de arresto y trato durante la detención, véase aquí.

Denegación de juicio público imparcial

La ley establece un poder judicial independiente y el gobierno, por lo general, respetó la independencia de la judicatura. La mayor parte del sistema judicial estaba sobrecargado y era ineficaz, y el soborno e intimidación de jueces, fiscales y testigos dificultó la independencia judicial.

Aunque la Procuraduría General tenía un programa de protección de testigos en causas penales, los testigos que no se acogieron al programa siguieron siendo vulnerables a la intimidación, y muchos se negaron a testificar.

El sistema de justicia militar puede investigar y procesar a personal militar y policial en servicio activo por delitos “relacionados con actos del servicio militar”. El código penal militar excluye específicamente a los civiles de la jurisdicción militar, y los tribunales civiles deben juzgar al personal policial y militar retirado, pero los tribunales militares son responsables de los actos relacionados con el servicio cometidos con anterioridad a su retiro.

En octubre de 2013, la Corte Constitucional anuló una enmienda constitucional
relacionada con la jurisdicción de casos en los tribunales militares y civiles
promulgada a fines de 2012, citando la violación de una norma procesal como la
causa de su oposición a la enmienda constitucional. Las leyes de ejecución, una
segunda medida de reforma clave de la justicia militar, fueron aprobadas en junio
de 2013 con respecto a algunos elementos de la enmienda constitucional anulada,
pero fueron anuladas por la Corte Constitucional en junio de 2014, con la explicación de
que no podían seguir en vigor si la enmienda constitucional a la que estaban vinculadas había sido anulada. Al mes de septiembre de 2015 un tercer proyecto de ley de reforma de la justicia militar conocido como “derecho común” estaba pendiente en el Congreso.

Según el Consejo Superior de la Judicatura, hasta fines de julio las autoridades asignaron 111 casos de homicidio al sistema de justicia civil, en un total de 128 casos examinados por jurisdicción. Durante el mismo período, se asignaron nueve casos al sistema de justicia militar y se abstuvieron de pronunciarse sobre la jurisdicción adecuada en ocho casos, para los cuales los magistrados determinaron que, o bien no tenían información suficiente para pronunciarse, o un conflicto de intereses con el caso les impidió hacerlo.

En caso de abstención, los casos se mantuvieron en su jurisdicción original. Muchas causas adicionales fueron transferidas voluntariamente como parte de una iniciativa de coordinación en la que los funcionarios del sistema de justicia militar y la Procuraduría General se reunían periódicamente para resolver los problemas de jurisdicción sin recurrir a un examen prolongado de más alto nivel por el Consejo Superior de la Judicatura.

El código penal militar deniega a los comandantes la facultad de impartir disciplina
de la justicia militar y ofrece protección jurídica a los militar es que se niegan a
obedecer órdenes de cometer abusos contra los derechos humanos.

El Ejército tiene autoridad discrecional para dar de baja al personal implicado en violaciones
de derechos humanos.

La Procuraduría General es responsable de las investigaciones de delitos penales y de los juicios correspondientes.

Su Dirección de Derechos Humanos, que incluye 13 oficinas satélite, se especializa en la investigación de delitos contra los derechos humanos, y al 31 de julio sus 115 fiscales especializados manejaban 6.185 causas activas.

La Oficina del Inspector General investiga las denuncias de mala conducta de los empleados públicos, entre ellos los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado.

Esta Oficina remitió todas las causas que recibió de violaciones de derechos humanos a la Unidad de Derechos Humanos de la Procuraduría General para que se entablen acciones penales adicionales.

Los críticos afirmaron que la unidad había estado considerablemente menos activa que en años anteriores en perseguir procesos disciplinarios contra miembros de las fuerzas armadas y la policía por delitos contra los derechos humanos.

Al 1 de septiembre de 2015, la Oficina del Inspector General había iniciado dos procesos disciplinarios contra miembros de las fuerzas armadas y la policía por delitos contra los derechos humanos, en comparación con 256 investigaciones semejantes iniciadas durante el mismo período en 2013.

Procedimientos judiciales

En el marco del código procesal penal acusatorio en vigencia desde 2008, el fiscal
presenta una acusación y las pruebas ante un juez imparcial en un juicio oral y
público. Véase más sobre procedimientos judiciales en Colombia aquí.

Restitución de bienes

La Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley de Víctimas) proporciona una base legal para la asistencia y reparación a las personas, entre ellas las víctimas del estado. Más información sobre restitución de bienes en Colombia aquí.

Injerencia arbitraria en la privacidad, la familia, el hogar o la correspondencia

La ley prohíbe estas acciones, pero hubo denuncias de que el gobierno no respetó estas prohibiciones. Por lo general, las autoridades públicas necesitan una orden judicial para interceptar correspondencia, correo electrónico – o vigilar las conversaciones telefónicas, incluso en las cárceles.

Sin embargo, los organismos públicos de inteligencia que investigan a las organizaciones terroristas a veces vigilaban las conversaciones telefónicas sin autorización judicial, si bien las pruebas obtenidas de esa manera no podían ser usadas en un juicio.

Hasta fines de julio, la Procuraduría General había iniciado tres investigaciones penales de agentes estatales por actividades de vigilancia ilegales (dos miembros de la policía nacional y un miembro de las fuerzas armadas). Además, hasta fines de agosto, la Oficina del Inspector General había iniciado dos investigaciones disciplinarias de funcionarios públicos acusados de vigilancia ilegal.

El 4 de febrero, la Procuraduría General emitió una orden de allanamiento de una oficina encubierta de la Unidad de Inteligencia del Ejército, conocida por su nombre en clave “Andrómeda”. La revista Semana posteriormente alegó que la Unidad de Inteligencia del Ejército estaba usando la oficina Andrómeda ilegalmente para escuchas telefónicas de los teléfonos personales de negociadores de paz que pertenecían a equipos negociadores tanto del gobierno como de las FARC. A raíz de estas revelaciones, el Ministerio de Defensa suspendió al general Mauricio Zúñiga, director de Inteligencia del Ejército, y al general Jorge Zuluaga,
director de Inteligencia Técnica del Ejército.

Al 8 de octubre de 2015, ni Zúñiga ni Zuluaga habían sido arrestados ni acusados formalmente.

El 7 de mayo, la Procuraduría General allanó la oficina encubierta de otra Unidad de Inteligencia del Ejército. Durante la operación de allanamiento, Andrés Fernando Sepúlveda, apodado “el hacker” por los medios locales, fue detenido por su presunta participación en escuchas telefónicas ilegales de las comunicaciones de los equipos negociadores de paz y funcionarios públicos, entre ellos el presidente Santos. El 12 de agosto, David Parra Amín, un sargento de policía asignado a la SIJIN de Bogotá, fue arrestado después de que se hiciera público un video en el que se lo veía supuestamente intercambiando información de inteligencia con Sepúlveda. Parra Amín, quien fue acusado de ser el enlace entre el hacker y la Policía Metropolitana de Bogotá, informó que planeaba cooperar con la investigación penal y proporcionar información acerca de las otras personas que participaron en la operación. También afirmó que había recibido varias amenazas de muerte desde que aceptó cooperar con la investigación.

El 20 de agosto de 2015, la Procuraduría General ordenó a Kurmán Hernán Rivera, Mauricio Solano Bautista, Carlos Arturo Rojas y Marco Arias Rojas, todos el los coroneles que trabajan en la Unidad de Inteligencia del Ejército, a asistir a las audiencias judiciales en relación con su presunta participación en las operaciones de escuchas ilegales.

Durante la audiencia del 25 de agosto, el coronel Rivera, quien fue acusado de ser el coordinador de la operación Andrómeda, se negó a declarar y se mantuvo en silencio durante todo el proceso.

El 1 de septiembre, la Procuraduría General creó un grupo especial para continuar con la investigación de este caso y asignó a cinco fiscales, cinco fiscales auxiliares y 30 investigadores de la policía judicial.

La Oficina del Inspector General también inició una investigación disciplinaria del caso, que se encontraba en su etapa inicial a fines de agosto.

El CTI siguió investigando las acusaciones de que el ya desmantelado Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) había vigilado ilegalmente a magistrados del alto tribunal, periodistas, organizaciones y activistas de derechos humanos, líderes de la oposición y la vicepresidencia.

La investigación del exdirector del DAS, Jorge Aurelio Noguera Cotes, por conspiración, abuso de poder, violación ilícita de las comunicaciones y uso ilícito de equipos por su participación en el caso de vigilancia ilegal del DAS continuaba al mes de octubre de 2014. Noguera ya se encontraba cumpliendo una sentencia de 25 años de cárcel por sus anteriores vínculos con grupos paramilitares.

En octubre, continuaba el juicio en la Corte Suprema de Justicia de María del Pilar Hurtado, exdirectora del DAS (2007-08), y de Bernardo Moreno, secretario privado del expresidente Uribe, por su participación en el caso de vigilancia ilegal del DAS.

Las ONG siguieron acusando a las entidades nacionales de inteligencia o de
seguridad de espiar a los abogados y a los defensores de los derechos humanos,
amenazándolos e irrumpiendo en sus residencias u oficinas para robar información.
Por ejemplo, el 21 de febrero, unos desconocidos irrumpieron en las oficinas de la
ONG de derechos humanos Corporación Sembrar, donde tomaron computadoras y
documentos relacionados con violaciones de los derechos humanos y homicidios
extrajudiciales presuntamente cometidos por las unidades militares.

Las computadoras robadas también contenían información sobre reuniones con el gobierno y documentos relacionados con la situación de seguridad de las organizaciones de la sociedad civil en el departamento de Bolívar.

El gobierno continuó utilizando en 2015 informantes civiles voluntarios para identificar a terroristas, informar de las actividades terroristas y recopilar información sobre las bandas de delincuentes.

Algunos grupos de derechos humanos nacionales e internacionales criticaron esta práctica por prestarse a abusos y ser una amenaza a la privacidad y otras libertades civiles.

El gobierno sostuvo que la práctica fue realizada de acuerdo con el “principio de solidaridad” expresado en la Constitución y que la Contraloría General de la República reglamentaba estrictamente la remuneración de dichos informantes.

Uso excesivo de la fuerza y otros abusos en los conflictos internos

Continuó en el país el conflicto armado interno, que ha durado varias décadas,
entre las fuerzas gubernamentales y dos grupos guerrilleros terroristas (las FARC y
el ELN). Hubo numerosos abusos en el contexto del conflicto y del narcotráfico.

El gobierno continuó en 2015 con las negociaciones de paz oficial con las FARC durante todo
el año y en junio anunció planes de negociaciones iniciales de paz oficial con el ELN.

Algunos guerrilleros continuaron desmovilizándose en forma individual.

A finales de agosto, según el Ministerio de Defensa, 868 miembros de grupos guerrilleros se
habían desmovilizado (762 de las FARC, 105 del ELN y uno de otros grupos disidentes). La Organización de los Estados Americanos (OEA) verificó todas las etapas de la desmovilización y la reinserción social de los excombatientes de la guerrilla y grupos paramilitares.

Hasta fines de junio, la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Defensa, junto con el CICR, celebró seis sesiones de capacitación en derechos humanos para 932 miembros del personal ministerial.

Durante el mismo período, el Ministerio de Defensa capacitó a 32 miembros del personal de justicia y civil por medio de su Instituto de Defensa de Estudios Jurídicos Internacionales. Además, el Ministerio de Defensa informó que llegó a un total de más de 250.000 empleados mediante una capacitación adicional relacionada con los derechos humanos.

El gobierno también aprobó el Marco Legal para la Paz, que establece un marco de
justicia para la transición en caso de que las conversaciones de paz fuesen exitosas.
El marco permite al sistema judicial dar prioridad a los casos de los máximos
responsables de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra
cometidos de forma sistemática y suspender condenas o imponer condenas
alternativas a cambio de la desmovilización, el reconocimiento de responsabilidad,
la aclaración de la verdad sobre los crímenes cometidos, el resarcimiento a las
víctimas y la puesta en libertad de rehenes y niños soldados.

También permite no aplicar procesos penales para todos los demás casos y permite que los
excombatientes no condenados por delitos de lesa humanidad se desempeñen como
funcionarios electos.

Los críticos de la legislación argumentaron que las disposiciones relativas a sentencias reducidas o suspendidas y estipulaciones de que solo los máximos responsables de los peores crímenes deben ser procesados, así como centrarse solo en los crímenes de guerra cometidos de manera sistemática, equivaldrían a permitir la impunidad de muchos que de lo contrario deberían ser investigados, juzgados y sancionados de conformidad con las obligaciones internacionales del país.

En la audiencia de la Corte Constitucional en julio de 2013, Human Rights Watch
sostuvo que la legislación es contraria a los derechos de las víctimas y que esta
reforma violaría las obligaciones internacionales. En respuesta, el presidente
Santos afirmó en la audiencia que la ley cierra ventanas a la impunidad y defiende
los derechos de las víctimas de los conflictos.

Santos declaró que el Marco Legal para la Paz era una estrategia realista, transparente y holística de transición judicial en el sentido de que sería imposible investigar y perseguir penalmente todos los delitos cometidos durante los últimos 50 años.

En agosto de 2013, la Corte Constitucional confirmó condicionalmente el Marco
Legal para la Paz. El tribunal expresó, por medio de dos comunicados especiales,
su opinión de que una estrategia de transición judicial como esta era un mecanismo
legítimo para conseguir la paz y se condecía con la constitución. No obstante, el
tribunal aclaró que las autoridades tendrían que aplicar el marco conforme a las
obligaciones internacionales del país.

El tribunal también abarcó parámetros para la interpretación y formulación de las futuras leyes de ejecución, incluso que no se les podría suspender las condenas por completo a quienes se consideraban “más responsables”.

Continuó aplicándose, en 2015, la Ley de Justicia y Paz (LJP) de 2005. La Unidad de Justicia y Paz de la Procuraduría General es responsable de la investigación y el enjuiciamiento requeridos de las personas desmovilizadas, y una comisión interinstitucional de justicia y paz coordina su aplicación.

Los que participaron en el proceso de justicia y paz podían recibir condenas reducidas si cumplían con los términos de la LJP. El testimonio obtenido de confesiones voluntarias también dio lugar a investigaciones de políticos, miembros de las fuerzas armadas, grandes productores agrícolas y de vínculos anteriores de los funcionarios públicos con las fuerzas paramilitares.

Algunas de las investigaciones dieron lugar a enjuiciamientos y condenas.

Al 1º de octubre, 4.995 exparamilitares y postulados habían participado en audiencias de confesión (versiones libres). Durante estas sesiones los postulados confesaron 39.546 crímenes, y se obtuvo información que llevó a la exhumación de 5.616 víctimas.

Al 1º de octubre, 978 postulados habían sido acusados inicialmente y 15 de
el los habían sido oficialmente acusados en presentaciones ante tribunales por la Unidad de Justicia y Paz de la Procuraduría General.

Hasta fines de septiembre, 232 acusados llegaron a sus ocho años de encarcelamiento
máximo en virtud del acuerdo pactado y cinco fueron puestos en libertad para reintegrarse
a la sociedad. A los acusados que no cumplen plenamente confesando crímenes, entregando bienes adquiridos en forma ilícita y cesando su actividad criminal se los traslada para ser expulsados del proceso de la LJP por la Unidad de Justicia y Paz de la Procuraduría General.

La aplicación de la LJP continuó enfrentándose a muchos desafíos. Millares de exparamilitares
permanecieron en limbo legal debido a las limitaciones de recursos y de capacidad en la Procuraduría General. Además, no se confiscó mucha tierra ni dinero de los exjefes paramilitares.

El 29 de julio, la Procuraduría General acusó a 14 personas de conspiración con agravantes por sus presuntos vínculos pasados con el Bloque Élmer Cárdenas de las AUC ya disuelto.

Entre los acusados había miembros del consejo de la ciudad, exalcaldes, exempleados de las oficinas de la alcaldía, empleados notariales y empresarios. Un fiscal delegado ante la Corte Suprema también presentó cargos contra dos generales militares.

Además de las investigaciones penales, la Oficina del Inspector General también abrió investigaciones disciplinarias a través de sus oficinas regionalesen Córdoba, Antioquia, Chocó y Apartadó. Todas las investigaciones disciplinarias estaban en sus etapas iniciales a fines de junio.

La creación de un mecanismo de búsqueda de la verdad en la Ley 1424 de 2010 (la Ley de condición jurídica de los excombatientes) exige que los combatientes paramilitares desmovilizados que no cometieron crímenes de lesa humanidad rindan testimonio sobre las acciones y las estructuras de los grupos armados ilegales en el Centro de Memoria Histórica como requisito para que se les conceda la personería jurídica y se suspendan las sentencias
por delitos menores.

Además, la Ley de Víctimas prevé la creación e institucionalización de archivos oficiales y
de un Centro de Memoria Histórica para recabar testimonios orales y documentación de material relativo a las violaciones de las normas y leyes internacionales de derechos humanos y para dirigir la construcción del Museo Nacional de la Memoria en consulta con las víctimas.

El Centro de Memoria Histórica documentó la muerte de al menos 220.000 ciudadanos en el marco del conflicto armado desde 1958 hasta 2012. Grupos de la sociedad civil también acusaron a todas las partes del conflicto armado de haber participado en actividades dirigidas a civiles no combatientes, entre ellos mujeres y niños.

Homicidios

En 2015, las fuerzas de seguridad estuvieron implicadas en presuntos homicidios extrajudiciales. Para más información sobre homicidios en Colombia, véase aquí.

Secuestros

Según la ONG Fundación País Libre, entre el 1º de enero y el 30 de junio se secuestró a 135 personas. Véase la entrada sobre secuestros en Colombia aquí.

Abusos físicos, castigos y torturas

El Programa Presidencial de Acción Integral contra Minas Antipersonal (AICMA) declaró que los AEI, desplegados principalmente por las FARC y el ELN, causaron 27 muertos y 161 heridos desde enero hasta fines de agosto, incluidos al menos 30 niños o adolescentes.

Varias ONG de derechos humanos afirmaron que las FARC cobraban a las familias civiles el costo de reemplazo de las minas terrestres y de los AEI cuando miembros inocentes de la familia los activaban accidentalmente. La Campaña Internacional para la Prohibición de las Minas Terrestres afirmó que las FARC siguieron siendo el mayor usuario de minas terrestres y de AEI y que el ELN también los seguía utilizando.

Brigadas de desminado humanitario del gobierno despejaron más de 456.982 acres y destruyeron 48 minas terrestres, AEI y municiones sin estallar entre el 1º de enero y el 31 de julio.

El gobierno continuó empleando a la organización civil Halo Trust en las operaciones de desminado. De enero a fines de julio, Halo Trust despejó más de 16.812 acres y destruyó 28 minas, AEI y municiones sin estallar. Otra organización civil completó el proceso de acreditación durante el año, mientras que otras dos organizaciones civiles estaban preparando sus solicitudes de acreditación.

Hubo numerosos informes sobre el maltrato de civiles y reclusos, así como de heridos y enfermos por parte de los guerrilleros de las FARC y del ELN.

Las organizaciones internacionales informaron que persistía la violencia sexual
generalizada contra las mujeres y las niñas por parte de algunos agentes armados
(véase la entrada sobre Mujeres en esta enciclopedia jurídica). Las ONG de derechos humanos Sisma Mujer, Amnistía Internacional y otras informaron que la violencia sexual siguió siendo
una de las principales herramientas utilizadas por los grupos armados para infundir
miedo y forzar el desplazamiento.

Las órdenes permanentes de las FARC, que tenían un gran número de mujeres combatientes, prohibían los embarazos entre sus tropas y hubo numerosos informes creíbles de abortos obligatorios.

El gobierno continuó empleando a la unidad de investigación interinstitucional en Bogotá,
Grupo Élite de Delitos Sexuales (GEDES), que se dedica a investigar los casos de
agresión sexual (véase la entrada sobre Mujeres en esta enciclopedia jurídica).

Niños soldados

El reclutamiento y la utilización de niños por grupos armados ilegales era generalizado. Las FARC y el ELN participan habitualmente en el reclutamiento forzoso de menores de 18 años de edad, y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) calcula que la edad media de reclutamiento fue de 12 añosde edad.

El ICBF declaró que era imposible saber cuántos niños servían como soldados de las FARC, pero informó que se habían desmovilizado más de 5.564 menores de grupos armados ilegales entre 1999 y junio de 2014.

De los niños que se habían desmovilizado al mes de junio, el 24,6 % eran de ascendencia indígena y el 15,4% eran afro-colombianos. Las FARC y otras formas de grupos armados ilegales presuntamente empleaban a menores para combatir, reclutar a otros menores para que actuaran como espías, recabar información, servir como esclavos sexuales y proporcionar apoyo logístico.

El ICBF continuó su programa educativo de extensión que incluyó un componente de prevención del reclutamiento forzoso por grupos armados ilegales. Este programa, con un presupuesto superior a los 65.000 millones de pesos (US$28,9 millones), mantuvo clubes para adolescentes y preadolescentes y otros lugares para la difusión educativa en 32 departamentos y 811 municipios.

Durante el año 2015, el Comité interinstitucional para la prevención del reclutamiento y utilización de niños por grupos armados ilegales puso en práctica 47 programas y proyectos destinados a la prevención del reclutamiento, la utilización y la violencia sexual de menores.

El comité apoyó 213 casos en la Procuraduría General y formuló una estrategia de comunicación con un enfoque en los derechos integrales de los menores y directrices para la prevención de la violencia sexual. El comité también formó equipos de acción inmediata en 186 municipios de 22 departamentos.

El uso de niños soldados por grupos armados fue prohibido por la ley. Las organizaciones internacionales siguieron identificando como un problema grave el reclutamiento de jóvenes indígenas por grupos armados ilegales.

Las FARC siguieron emitiendo advertencias a las comunidades indígenas en las cuales se describía una política para llevar a cabo el reclutamiento de menores y se advertía a los destinatarios de dichas advertencias no oponerse a ellas.

Otros abusos relacionados con los conflictos

Los grupos guerrilleros y los grupos delictivos organizados impedían o limitaban la entrega de alimentos y medicinas a las ciudades y regiones en corredores del narcotráfico en disputa, lo cual llevaba al límite a las economías locales y hacía aumentar los desplazamientos forzados.

Los grupos guerrilleros habitualmente utilizaron a civiles para proteger a las fuerzas de combate y forzaron a campesinos a desplazarse para despejar rutas de tránsito de narcotráfico y de armas en zonas estratégicas.

Los guerrilleros también impusieron bloqueos de facto de las comunidades en las regiones donde tenían gran influencia. Por ejemplo, las organizaciones internacionales denunciaron muchos incidentes en los que los grupos armados ilegales reclutaron a la fuerza a indígenas o los obligaron a colaborar, restringieron su libertad de movimiento y bloquearon sus comunidades.

Durante el año, el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la ONU recibió informes de violaciones sexuales, reclutamiento forzoso, utilización de menores como informantes y otros abusos en el contexto de los conflictos.

Los grupos delictivos organizados y los guerrilleros de las FARC y el ELN entraban por la fuerza en hogares, vigilaban las comunicaciones personales y realizaban desplazamientos forzados
y reclutamiento. Los grupos delictivos organizados también siguieron desplazando a los
civiles que residían a lo largo de los corredores de tránsito clave de armas y drogas.

Se informó también que las FARC, el ELN y otros grupos armados participaron en la extracción y el comercio transfronterizo de minerales en zonas de conflicto, lo cual generó abusos que propiciaron el financiamiento de armas y alentaron a los rebeldes a desplazar por la fuerza a los residentes para despejar zonas mineras.

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