Menor en Colombia
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Concepto de Menor
Recoge Anderson Arboleda Echevarry la siguiente definición de Menor, aplicable al Derecho colombiano: Es el que no a cumplido aun la edad fijada en la ley para gozar de la plena capacidad jurídica, reconocida con la mayoría de edad.
Concepto de Menor
Una definición sucinta de Menor puede ser la siguiente: Persona que no ha cumplido todavía los dieciocho años de edad.
Concepto de Menor
Un significado atribuido a menor, en el derecho colombiano, es el siguiente: Es el que no a cumplido aun la edad fijada en la ley para gozar de la plena capacidad jurídica, reconocida con la mayoría de edad.[1]
Recursos
Notas y Referencias
- Definición de menor basado en un denominado diccionario jurídico colombiano, pero más semejante a un glosario