Pilas

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Concepto de Productor de Pilas Y/o Acumuladores (resolución 1297 de 2010)

Una definición de productor de pilas y/o acumuladores (resolución 1297 de 2010) en el contexto de Planes y Sistemas Posconsumo y, de forma más general, del derecho ambiental colombiano, puede ser la siguiente: Persona natural o jurídica que, con independencia de la técnica de venta utilizada: Fabrique pilas y/o acumuladores bajo su propio nombre o su propia marca, o haga diseñar o fabricar pilas y/o acumuladores y comercialice dichos productos bajo su nombre o marca; Ponga en el mercado o revenda bajo su nombre o marca, pilas y/o acumuladores fabricados por terceros; Importe o introduzca al país pilas y/o acumuladores procedentes de otros países.

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