Seguridad Social

Seguridad Social en Colombia

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Concepto de Seguridad Social

Recoge Anderson Arboleda Echevarry la siguiente definición de Seguridad Social, aplicable al Derecho colombiano: Es un derecho fundamental que tienen las personas para que el Estado les garantice por medio de servicios públicos el desarrollo pleno de su personalidad. (Ver art. 48 C. N. y Ley 100 de 1993).(Colombia)

Concepto de Seguridad Social

Una definición sucinta de Seguridad Social puede ser la siguiente: La Organización Internacional del Trabajo presenta la seguridad social como la cobertura de los infortunios sociales de la población. La seguridad social debe promover las medidas destinadas a aumentar la posibilidad de empleo; o mantenerlo a un alto nivel, a incrementar la producción y las rentas nacionales y distribuirlas equitativamente y a mejorar la salud, alimentación, vestuario, vivienda y educación general y profesional de los trabajadores y de sus familias.

Concepto de Seguridad Social

Un significado atribuido a seguridad social, en el derecho colombiano, es el siguiente: Es un derecho fundamental que tienen las personas para que el Estado les garantice por medio de servicios públicos el desarrollo pleno de su personalidad (véase más sobre esta materia en la presente enciclopedia colombiana). (Ver art (véase más sobre esta materia en la presente enciclopedia colombiana). 48 C (véase más sobre esta materia en la presente enciclopedia colombiana). N (véase más sobre esta materia en la presente enciclopedia colombiana). y Ley 100 de 1993).(Colombia)[1]

Antecedentes Remotos y Próximos de la Seguridad Social

En el Derecho del Trabajo

Instituciones de Amparo (Ahorro, Jubilaciones, Seguro Social, Asistencia Social y Seguro Privado) como antecedentes de la existencia de la Seguridad Social

Desarrollo

Tal como se ha esbozado anteriormente, la seguridad social pretende satisfacer las necesidades del individuo, principalmente aquellas relacionadas con la atención de salud y los ingresos en el momento de vejez e invalidez. Sin embargo, para llegar a ella el hombre ha recurrido a diferentes mecanismos los cuales han ido evolucionando para lograr una mejor y más óptima satisfacción de necesidades. Es así como debemos referirnos a los diferentes métodos e instituciones utilizadas por la humanidad en la búsqueda de un adecuado sistema de Seguridad Social, para ello mencionaremos las principales características, ventajas y desventajas de cada uno de ellos, analizados desde el punto de vista de su complejidad. (1)

Antecedentes Remotos y Próximos de la Seguridad Social

En el Derecho del Trabajo

Respecto a los Antecedentes remotos y próximos de la Seguridad Social en Colombia:

Desarrollo

Teniendo en cuenta que la seguridad social se desarrolla desde una perspectiva tanto sociológica como jurídica, pues según lo manifestado por el tratadista Guillermo Cabanellas, «(.) el apetito de seguridad social se traduce en conservar el bien logrado y evitar los males que contra él conspiran. En lo personal se concreta en la integridad física y en la salud corporal y mental. En lo familiar se amplía esa misma aspiración para aquellos que de uno dependen. En lo económico consiste en que no merme lo que se posee y lo que se gana, y en estimular las perspectivas de superar los ingresos y de aumentar, en dinero o en bienes, lo que será tesoro y atesoramiento.»28 En este sentido, y en consideración a la enorme importancia de la seguridad social dentro de las relaciones humanas, hemos encontrado que su desarrollo y evolución se remonta a las culturas del mundo antiguo, en Egipto, por ejemplo, se crearon instituciones de defensa y ayuda mutua, «(.)que prestaban auxilio en caso de enfermedad, como el servicio de salud pública, financiado con un impuesto especial.»29 En Grecia, desde tiempos antiguos, se estableció un auxilio para los ciudadanos con limitaciones físicas, de la misma manera, el Estado proveía educación a los hijos de quienes habían perecido en defensa del Estado, estableciéndose instituciones denominadas erans, asociaciones de trabajadores con fines de ayuda mutua, así como las hetairas, uniones formadas por artesanos que ejercían el mismo oficio e igualmente abarcaba la asociación de esclavos y los eraices, asociaciones que agrupaban trabajadores con fines de ayuda mutua y práctica religiosa. En Roma se establecieron los collegia corpora oficie, organizaciones grupales de formación, ayuda mutua, religiosa y asistencia tanto a colegiados como sus familias, cuya fundación se atribuye a NUMA. Estas asociaciones fueron trascendentes tanto por su clasificación como por su número y marcan el nacimiento de la seguridad social y del derecho sindical, dado que llegaron a «desempeñar un papel importantísimo tanto a nivel gremial como institucional, llegando a contar con grupos perfectamente definidos como músicos, joyeros, carpinteros, forjadores de cobre y tintoreros, entre otros.»

Detalles

Dentro de estas instituciones encontramos las sodalitates y collegias, definidas por Cabanellas como «(.) las corporaciones de espíritu piadoso, que pagaban cierta suma de dinero al fallecer uno de sus asociados.»31 Y los que por ser considerados competitivos con la autoridad legítima, fueron llamados a desaparecer aproximadamente en el año 64 a. de C. Aún cuando, en criterio de otros autores, su desaparecimiento se debió a la caída de Roma como resultado de las invasiones bárbaras. En este sentido, además de los colegios de oficios, es importante señalar el gran aporte del pueblo romano, si tenemos en cuenta que ya a comienzos del siglo II el jurisconsulto Ulpiano, formuló la primera tabla de mutualidad, lo cual pone de relieve la relevancia de las instituciones provisionales desde épocas remotas. Por otro lado, es igualmente relevante la existencia de las guildas, instituciones de carácter gremial originarias de Escandinavia y extendidas en Gran Bretaña y los pueblos germanos y anglosajones, creadas con el carácter de «(.)asociaciones de asistencia mutua, unidas por el juramento de ayudar y socorrer en determinadas circunstancias a los enfermos, apoyadas en el principio de solidaridad.»32 Estas organizaciones se asimilan a los Colegios Romanos y se crearon además de los fines antes descritos, con funciones de tipo político – militar y laboral, que a través de convites o reunión de grupos, tomaban decisiones tendientes a hacer o perfeccionar una obra, por lo que para los historiadores se ha tornado difícil «(.)establecer un punto concreto de iniciación para estas agrupaciones, pues bien pudieron girar alrededor de ideas puramente religiosas, mercantilistas, o de otra naturaleza, (.) todas las finalidades [sin embargo], dirigieron su fuerza hacia la defensa de unos intereses grupales o quizá profesionales, y se mantuvieron por algún tiempo hasta abrirle paso a otras organizaciones diferentes en su composición pero identificadas en sus metas.»

Otros

Coherentes con los colegios de oficios, las cofradías, llevan consigo «(..)la inquietud religiosa al oficio, que se traduce prácticamente en el mutuo socorro de los cofrades o agremiados cuando alguno de ellos se encontrara enfermo, quedara lisiado o se viera postrado en la vejez, a más de costearse el entierro y el no menos importante funeral de los supérstites.»34, estos auxilios se entregaban mas a título gratuito que por obligación jurídicamente adquirida y proporcional a la pobreza del cofrade, pues aunque el asociado contribuía, eso no generaba derechos de subsidio o asistencia, aún cuando si se brindaban auxilios de asistencia médica, internación hospitalaria, entrega de subsidios monetarios a desempleados e inválidos y pago de gastos de entierro. En España, se tornaron más relevantes las cofradías gremiales, por encima de las generales y militares, dada su importancia dentro de la vida política del Estado y de nuevo, la competencia con la autoridad legítima, el gobierno contrarrestó su eficaz desarrollo, por lo que muchas de ellas terminaron convirtiéndose en gremios y hermandades. Las hermandades se concibieron como pequeñas sociedades mucho más organizadas, que al igual que las cofradías, adquirían distintos caracteres pues podían ser de carácter profesional dirigidas a ciertos oficios, o abiertas para los habitantes de determinada población. Las prestaciones otorgadas guardaban «(…)adecuada proporción con lo aportado y ajustado específicamente, sin discrecionalidad ni liberalidades de influencia personal para los asociados.»35, estas instituciones terminaron por bifucarse aproximadamente a mediados del siglo XVIII, en dos instituciones denominadas montepíos y sociedades de socorro mutuos, la primera de ellas definida como «(.)aquella asociación que sin ánimo lucro, ejerce una modalidad de previsión de carácter social o benéfico, encaminada a proteger a sus asociados o a sus bienes contra circunstancias o acontecimiento de carácter fortuito o imprevisible.»36, estas instituciones se encargaban de asumir riesgos de larga duración como los de vejez e invalidez y se organizaron por gremios, por lo cual surgieron militares, de funcionarios, de artesanos y obreros y de profesiones liberales. Las sociedades de socorro mutuos, nacieron junto con los movimientos de resistencia obrera, en defensa de la lucha de los trabajadores, por lo que en un principio fueron clandestinos aunque posteriormente fueron regulados y protegidos por el Estado y al contrario que los montepíos, asumían riesgos de corta duración, como enfermedades, accidentes e incapacidades, cubriendo la asistencia médica y farmacéutica.

Más

Posteriormente, con el advenimiento de la Revolución Industrial, la cual ha sido explicada por Marx, señalando que el fenómeno preponderante de ésta fue la presencia de «(.)una lucha entre dos subclases de los poseedores de la tierra y de la riqueza, la burguesía y la nobleza»38, situación que luego generaría que la clase trabajadora luchara para vencer un día al capital y organizar el reino de la libertad por el trabajo.39 La revolución industrial estuvo marcada por dos sucesos importantes para la seguridad social, uno de ellos fue el auge del capitalismo moderno, en el que las finanzas mundiales se depositan en su mayor parte, en los grandes mercaderes y banqueros; el segundo suceso, es la decadencia del cooperativismo de las corporaciones de oficios, dada la influencia de hegemonías, monopolios y privilegios, con lo cual los asalariados tendrán reducidas posibilidades de subsistir de forma independiente. La situación de los artesanos era menos alentadora, si se tiene en cuenta que los talleres fueron reemplazados por grandes fábricas, apareciendo así una organización distinta que agrupa en inmensos centros industriales a masas de proletarios. Estos fenómenos, sumados a que en el año 1791, Le Chapelier propusiera una ley en la que se prohibió todo género de asociaciones que pretendieran defender intereses comunes, apoyada en «(.) la concepción individualista de la sociedad y del hombre, según la cual, cada ser humano debía obrar por si solo en la búsqueda de su nivel de vida, en el pensamiento de la escuela económica liberal, que afirmaba la existencia de leyes económicas naturales cuyo desarrollo inevitable produciría el progreso de los pueblos y de los hombres, y en las especulaciones políticas de sus teóricos, que exigían el respeto incondicionado de la fórmula fisiocrática y liberal de dejar-hacer y dejar-pasar (..)»40, lo cual produce la abolición de las corporaciones de oficios y como consecuencia de ello, la desaparición del régimen protector impulsado por las cofradías y las hermandades y llevando a la institución del mutualismo privado, que se basaba en aportes periódicos o particulares, de acuerdo al riesgo que se quisiera amparar. Dado que las nuevas medidas tendientes a garantizar el derecho al trabajo y la previsión social fueron insuficientes y que esta condición se generalizó en todos los estados europeos y muy a pesar de la presión ejercida por la burguesía, que en las fábricas se comienza a adquirir la convicción verdadera sobre la libertad de trabajo, las mejores condiciones para ejercer la labor contratada y el principio de libertad sindical, naciendo así el interés por los sistemas obligatorios de previsión social con el fin de «(.)cubrir los riesgos de invalidez profesional y la desocupación, casi siempre con mínimas cuotas semanales, que forman los mismos trabajadores, para las ingratas eventualidades que puedan afectarlos.» Fuente: basado en un resumen de un documento de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Recursos

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Notas y Referencias

  1. Fuente: basado en el documento «Legislación laboral, Observatorio del Mercado de Trabajo» , con participación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Recursos

Notas y Referencias

  1. Definición de seguridad social basado en un denominado diccionario jurídico colombiano, pero más semejante a un glosario

Véase También

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