Adulterio en Colombia
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Concepto de Adulterio
Recoge Anderson Arboleda Echevarry la siguiente definición de Adulterio, aplicable al Derecho colombiano: El acto de una persona casada que violando la fidelidad conyugal, concede sus favores a otra persona; o el acceso carnal que un hombre casado tiene con otra que no sea su mujer legítima o una casada que con otro hombre que no sea su marido.
Concepto de Adulterio
Un significado atribuido a adulterio, en el derecho colombiano, es el siguiente: El acto de una persona casada que violando la fidelidad conyugal, concede sus favores a otra persona (véase más sobre esta idea en la presente enciclopedia colombiana); o el acceso carnal que un hombre casado tiene con otra que no sea su mujer legítima o una casada que con otro hombre que no sea su marido.[1]
Recursos
Notas y Referencias
- Definición de adulterio basado en un denominado diccionario jurídico colombiano, pero más semejante a un glosario