Asamblea

Asamblea en Colombia

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Concepto de Asamblea

Recoge Anderson Arboleda Echevarry la siguiente definición de Asamblea , aplicable al Derecho colombiano: son corporaciones administrativas de elección popular encargadas de dictar las ordenanzas para la vía administrativa del departamento la cual estará integrada por no menos de once miembros, ni más de treinta y uno que tienen el nombre de diputados. Sometidas por lo general a lo que ordenen la ley y la constitución.

Concepto de Asamblea

Una definición sucinta de Asamblea puede ser la siguiente: Reunión de varias personas para discutir y deliberar sobre cuestiones comunes.

Concepto de Asamblea

Un significado atribuido a asamblea, en el derecho colombiano, es el siguiente: Son corporaciones administrativas de elección popular encargadas de dictar las ordenanzas para la vía administrativa del departamento la cual estará integrada por no menos de once miembros, ni más de treinta y uno que tienen el nombre de diputados (véase más sobre esta materia en la presente enciclopedia colombiana). Sometidas por lo general a lo que ordenen la ley y la constitución.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Definición de asamblea basado en un denominado diccionario jurídico colombiano, pero más semejante a un glosario

Véase También

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