Bien Público

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Concepto de Bien Público

Una definición de bien público en el contexto de y, de forma más general, del derecho ambiental colombiano, puede ser la siguiente: Es un bien económico cuya naturaleza implica que no es rival ni excluyente. Un bien es no rival cuando su uso por una persona en particular no perjudica ni impide el uso simultáneo por parte de otros individuos; por ejemplo, una señal de radio (medio de comunicación), y es no excluyente cuando no se puede impedir su usufructo por usuarios potenciales o reales.

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