Concepto del Derecho de Autor

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Concepto del Derecho de Autor

Con posterioridad al reconocimiento y protección a los del autor por su actividad creativa, diversas legislaciones comenzaron a incorporar un conjunto de con el objeto de proteger ciertas manifestaciones que si bien no constituyen una creación literaria, artística o científica, tienen relación estrecha con la difusión de las obras del ingenio.
Estos derechos se conocen como “vecinos”, “conexos” o “afines” al , y han sido tradicionalmente reconocidos en favor de los intérpretes o ejecutantes, los de y los organismos de .
Los anteriores han sido calificados como “auxiliares de la creación”, por razón de las actividades desarrolladas: los intérpretes o ejecutantes llevan las obras musicales y dramáticas al conocimiento del público, a través de su ejecución o ; los de aseguran la permanencia de la de la obra, a través de la fijación de la misma en un soporte apto para ser reproducido; los organismos de , superan las distancias que inicialmente impedirían la percepción de la obra por un público masivo.
En tal sentido, estas tres categorías de derivan sus derechos en estrecha y necesaria relación con los autores, advirtiendo, eso sí, que el ejercicio de tales derechos no puede ir en contravía de los derechos de los autores. [1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre concepto del procedente de «El Contrato de Edición», de Sheila Milena Montoya, Tesis Universitaria, Pontificia Universidad Javeriana, Facultad de Ciencias Jurídicas, Especialización en Derecho Comercial, Bogotá, Colombia, 2004

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