Decreto Ley 663 de 1993

Decreto Ley 663 de 1993

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Decreto Ley 663 de 1993, adicionado por el artículo 26 de la Ley 510
de 1999: Modificaciones de esta Norma por el Tribunal Constitucional Colombiano

Artículos Modificados de Decreto Ley 663 de 1993, adicionado por el artículo 26 de la Ley 510
de 1999: 299 (parcial)

  • Tema de la Norma: Estatuto Orgánico del Sistema Financiero; “Por la cual se dictan disposiciones en relación con el sistema financiero y asegurador, el mercado público de valores, las Superintendencias Bancaria y de Valores y se conceden unas facultades”.
  • Fallo Juicial Modificatorio: Sentencia C-155/04
  • Exequible condicional: EXEQUIBLE, por el cargo analizado, las expresiones “No harán parte del balance de los establecimientos de crédito y se contabilizarán en cuentas de orden, las sumas recaudadas para terceros, en desarrollo de contratos de mandato, tales como las correspondientes a impuestos, contribuciones y tasas, así como los recaudos realizados por concepto de seguridad social” contenidas en el parágrafo del artículo 299 del Decreto Ley 663 de 1993, “Por medio del cual se actualiza el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se modifica su titulación y numeración” , adicionado por el artículo 26 de la Ley 510 de 1999 “Por la cual se dictan disposiciones en relación con el sistema financiero y asegurador, el mercado público de valores, las Superintendencias Bancaria y de Valores y se conceden unas facultades” en el entendido que la expresión “así como los recaudos realizados por concepto de seguridad social” alude a todos los recursos parafiscales de la seguridad social, a condición de que figuren como tales en la contabilidad de la correspondiente institución de seguridad social.

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