Falta de Personalidad en Colombia
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Concepto de Falta de Personalidad
Una definición sucinta de Falta de Personalidad puede ser la siguiente: Excepción dilatoria oponible por el demandado a quien suscribe la demanda cuando la representación que dice ostentar nunca la ha tenido o, por cualquier causa, aun habiéndola tenido, no la tenga en el momento en que es opuesta.