Ley 820 de 2003

Ley 820 de 2003

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Ley 820 de 2003: Modificaciones de esta Norma por el Tribunal Constitucional Colombiano

Artículos Modificados de la Ley 820 de 2003: 37, 38 y 39

  • Tema de la Norma: por la cual se expide el régimen de arrendamiento de vivienda urbana y se dictan otras disposiciones
  • Fallo Juicial Modificatorio: Sentencia C-886/04
  • Inexequible: INEXEQUIBLES las expresiones “Cualquiera que fuere la causal invocada” , “cosas o usos conexos y adicionales” y “dentro del término de treinta (30) días calendario contado a partir de la fecha en que éste debía efectuarse oportunamente” , contenidas en el artículo 37 de la Ley 820 de 2003.
  • Exequible condicional: EXEQUIBLES las expresiones “El deberá presentar la prueba de que se encuentra al día en el pago de los servicios , siempre que en virtud del contrato haya asumido la obligación de pagarlos. En este caso, para poder ser oído, deberá presentar los documentos correspondientes que acrediten su pago” , del artículo 37 de la Ley 820 de 2003, en el entendido de que esta carga procesal sólo opera si la causal invocada para la restitución del inmueble es la establecida en el numeral 2 del artículo 22 de la mencionada ley. EXEQUIBLE el inciso primero del artículo 39 de la Ley 820 de 2003, en el entendido que el trámite preferente establecido en los procesos de restitución de inmueble arrendado, ha de operar sin perjuicio de la prevalencia de las de estirpe constitucional.

Ley 820 de 2003: Modificaciones de esta Norma por el Tribunal Constitucional Colombiano

Artículos Modificados de la Ley 820 de 2003: 10, 12, 35, 43 (parciales)
y 38 y 39

  • Tema de la Norma: “Por la cual se expide el régimen de arrendamiento de vivienda urbana y se dictan otras disposiciones»
  • Fallo Juicial Modificatorio: Sentencia C-670/04
  • Inexequible: INEXEQUIBLE el inciso tercero del artículo 12 de la Ley 820 de 2003.

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