Licitación Pública

Licitación Pública

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Licitación Pública en la Contratación Pública

Se encuentra regulado este aspecto en el artículo 2, sobre Licitación Pública, en relación a las modalidades de selección del contratista, de la Ley de la Contratación Pública, ubicada dicha disposición en el Titulo I, que trata de la Eficiencia y Transparencia. El artículo dispone lo siguiente: La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo. Cuando la entidad estatal así lo determine, la oferta en un proceso de la licitación pública podrá ser presentada total o parcialmente de manera dinámica mediante subasta inversa, en las condiciones que fije el reglamento.

Concordancias del Artículo

[[contratacion-publica]] [[contratos]] [[derecho-administrativo]] Ley 1675 de 2013; Art. 10. Ley 1474 de 2011; Art. 27. Ley 1083 de 2006, Art. 6o. Inc. 1o. Ley 599 de 2000; Art. 410A. Ley 80 de 1993; Art. 30.

Jurisprudencia

Corte Constitucional – Inciso declarado EXEQUIBLE, por el cargo analizado por la Corte Constitucional, por el cargo analizado, mediante Sentencia C-713-09 de 7 de octubre de 2009, Magistrado Ponente Dr. María Victoria Calle Correa.

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