Productor de Llantas

Productor de Llantas

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Concepto de Productor de Llantas (resolución 1457 de 2010)

Una definición de productor de llantas (resolución 1457 de 2010) en el contexto de Planes y Sistemas Posconsumo y, de forma más general, del derecho ambiental colombiano, puede ser la siguiente: Persona natural o jurídica que, con independencia de la técnica de venta utilizada: a) Fabrique llantas que sean puestas en el mercado nacional con marca propia. b) Ponga en el mercado con marca propia, llantas fabricadas por terceros. Importe llantas para poner en el mercado nacional. Importe automóviles, camiones, camionetas, buses, busetas y tracto mulas con sus llantas hasta rin 22,5 pulgadas para poner en el mercado nacional. Ensamble automóviles, camiones, camionetas, buses, busetas y tracto mulas en el país, siempre y cuando importe llantas hasta rin 22,5 pulgadas para los mismos.

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