Ayuntamiento en Colombia
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Concepto de Ayuntamiento
Recoge Anderson Arboleda Echevarry la siguiente definición de Ayuntamiento, aplicable al Derecho colombiano: La liga o federación de varias personas para defenderse de sus adversarios u ofenderlos; el congreso o junta compuesta de la justicia o alcalde, regidores o demás individuos encargados de la administración o gobierno económico político de cada pueblo
Concepto de Ayuntamiento
Un significado atribuido a ayuntamiento, en el derecho colombiano, es el siguiente: La liga o federación de varias personas para defenderse de sus adversarios u ofenderlos (véase más sobre esta idea en la presente enciclopedia colombiana); el congreso o junta compuesta de la justicia o alcalde, regidores o demás individuos encargados de la administración o gobierno económico político de cada pueblo.[1]
Recursos
Notas y Referencias
- Definición de ayuntamiento basado en un denominado diccionario jurídico colombiano, pero más semejante a un glosario