Definición de los Organismos de Radiodifusión
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Definición de los Organismos de Radiodifusión en relación a Los organismos de radiodifusión
El organismo de radiodifusión es la empresa de radio o televisión que transmite programas al público (Art. 3, Decisión 351 de 1993, y Art. 8, Ley 23 de 1982). [1]
Recursos
Notas y Referencias
- Información sobre definición de los organismos de radiodifusión procedente de «El Contrato de Edición», de Sheila Milena Montoya, Tesis Universitaria, Pontificia Universidad Javeriana, Facultad de Ciencias Jurídicas, Especialización en Derecho Comercial, Bogotá, Colombia, 2004