Infracción

Infracción en Colombia

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Concepto de Infracción

Una definición sucinta de Infracción puede ser la siguiente: Hecho prohibido bajo amenaza de pena. / Quebramiento de lo que se manda o prohíbe en una norma

Concepto de Infracción

Una definición de infracción en el contexto de Oficina Asesora Jurídica y, de forma más general, del derecho ambiental colombiano, puede ser la siguiente: Se considera infracción en materia ambiental toda acción u omisión que constituya violación de las normas contenidas en el Código de Recursos Naturales, Renovables Decreto-ley 2811 de 1974, en la Ley 99 de 1993, en la Ley 165 de 1994, y en las demás disposiciones ambientales vigentes, en que las sustituyan o modifiquen y en los actos administrativos emanados de la autoridad ambiental competente. Será también constitutivo de infracción ambiental la comisión de un daño al medio ambiente, con las mismas condiciones que para configurar la responsabilidad civil extracontractual establece el Código Civil y la legislación complementaria; a saber: el daño, el hecho generador con culpa o dolo y el vínculo causal entre los dos. Cuando estos elementos se configuren darán lugar a una sanción Oficina administrativa ambiental, sin perjuicio de la responsabilidad que para terceros pueda generar el hecho en materia civil.

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