Ministerio

Ministerio en Colombia

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Concepto de Ministerio

Recoge Anderson Arboleda Echevarry la siguiente definición de Ministerio, aplicable al Derecho colombiano: En cierto sentido se le llama así al conjunto de ministros nombrados por el poder ejecutivo para regir cada uno de los departamentos que lo componen.

Concepto de Ministerio

Una definición sucinta de Ministerio puede ser la siguiente: Organismo constituido por el conjunto de las personas que figuran como titulares de las distintas cortes gubernamentales, presidido por el jefe del ejecutivo.

Concepto de Ministerio

Un significado atribuido a ministerio, en el derecho colombiano, es el siguiente: En cierto sentido se le llama así al conjunto de ministros nombrados por el poder ejecutivo para regir cada uno de los departamentos que lo componen.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Definición de ministerio basado en un denominado diccionario jurídico colombiano, pero más semejante a un glosario

Véase También

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