Tribunales

Tribunales en Colombia

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Concepto de Tribunales

Recoge Anderson Arboleda Echevarry la siguiente definición de Tribunales, aplicable al Derecho colombiano: Organismos secciónales encargados de administrar justicia en los departamentos.

Concepto de Tribunales

Un significado atribuido a tribunales, en el derecho colombiano, es el siguiente: Organismos secciónales encargados de administrar justicia en los departamentos.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Definición de tribunales basado en un denominado diccionario jurídico colombiano, pero más semejante a un glosario

Véase También

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