Tribunales en Colombia
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Concepto de Tribunales
Recoge Anderson Arboleda Echevarry la siguiente definición de Tribunales, aplicable al Derecho colombiano: Organismos secciónales encargados de administrar justicia en los departamentos.
Concepto de Tribunales
Un significado atribuido a tribunales, en el derecho colombiano, es el siguiente: Organismos secciónales encargados de administrar justicia en los departamentos.[1]
Recursos
Notas y Referencias
- Definición de tribunales basado en un denominado diccionario jurídico colombiano, pero más semejante a un glosario