Decreto – Ley 2737 de 1989

Decreto – Ley 2737 de 1989

[aioseo_breadcrumbs]

Decreto – Ley 2737 de 1989: Modificaciones de esta Norma por el Tribunal Constitucional Colombiano

Artículos Modificados de Decreto – Ley 2737 de 1989: 238 (parcial)

  • Tema de la Norma: Código del Menor
  • Fallo Juicial Modificatorio: Sentencia C-170/04
  • Inexequible: INEXEQUIBLE la expresión: “con las limitaciones previstas en el presente código” , prevista en el inciso 2° del artículo 238 del Decreto – Ley 2737 de 1989 (Código del Menor).
  • Exequible condicional: EXEQUIBLE la expresión: “Prohíbese el de los menores de catorce (14) años y es obligación de sus padres disponer que acudan a los centros de enseñanza”, contenida en el inciso 2° del artículo 238 del Decreto – Ley 2737 de 1989, siempre y cuando se entienda que la prestación subordinada de servicios por parte de menores de quince
    (15) años y mayores de catorce (14), se encuentra sujeta a las condiciones previstas en los Convenios Nos. 138 “sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo” y 182 “sobre la prohibición de las peores formas de infantil” de la OIT, desarrolladas en los fundamentos Nos. 31 y 33 de esta providencia. EXEQUIBLE la expresión: “Excepcionalmente y en atención a circunstancias especiales calificadas por el defensor de familia, los mayores de doce años (12) podrán ser autorizados para trabajar por las autoridades señaladas en este artículo”, en el entendido que los mayores de 12 años podrán trabajar, siempre y cuando se le de estricto cumplimiento a las edades mínimas y a los requisitos contenidos en el Convenio No. 138 de la OIT, declarado exeq

También puede Interesar

Deja un comentario